Demuna - La Joya.
La Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) es un servicio encargado de proteger y promover los derechos de los niños, y adolescentes en la jurisdicción de la municipalidad. Desde 1997 está considerada en la Ley Orgánica de Municipalidades como una función de los Gobiernos Locales
Base Legal.
Resolución Legislativa 25278, que aprueba la Convención
sobre los Derechos del Niño.
Decreto Ley 26102, Código de los Niños y Adolescentes
(artículos 45 al 50).
Texto Unico Ordenado de la Ley 26260, Ley de Violencia
Familiar (artículo 30), D.S. 006-97-JUS.
Ley 23853, Ley Organica de Municipalidades (artículo 67,
inciso 1). Modificado por Ley 26875.
Ley 26872, Ley de Conciliación y su ampliatoria Ley 27007.
Funciones
Conocer la situación de los niños y adolescentes que se
encuentran en instituciones públicas y privadas.
Intervenir cuando estén en conflicto sus derechos a fin de
hacer prevalecer su interés superior.
Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para
ello podra efectuar conciliaciones entre cónyuges, padres
y familiares, fijando normas de comportamiento,
alimentos, colocación familiar provisional, siempre que no
existan procesos judiciales abiertos sobre estas materias.
Promover el reconocimiento voluntario de filiaciones.
Orientar programas en beneficio de los niños y
adolescentes que trabajan.
Brindar orientacion a la familia para prevenir situaciones
criticas.
Presentar denuncias ante las autoridades competentes por
falta y delitos en agravio de los niños y adolescentes e
intervenir en su defensa.
Llevar a cabo audiencias de conciliacion destinadas a
resolver conflictos originados por violencia familiar.
Al entrar en vigencia Ley de Conciliación cumple funcion
de instancia Pre-judicial y sus Actas tendran titulo de
ejecución
Labor de la DEMUNA.
Ofrece atención gratuita y confidencial de casos de
alimentos, regimen de visitas, maltrato, violencia familiar,
reconocimiento voluntario de filiación, y, en general
situaciones que afecten los derechos de los niños y
adolescentes.
Realiza difusión y capacitación sobre Derechos del Niño.
Impulsa actividades preventivas y de movilización social
por los Derechos del Niño.
Coordina permanentemente con instituciones y
organización locales para atender los problemas de los
niños, adolescentes y familia.
Denuncia delitos en agravio de niños y adolescentes.
Cómo se crea la DEMUNA.
Por acuerdo de sesión de Concejo se crea la DEMUNA y
designa el responsable.
El responsable es un profesional (abogado, psicólogo,
trabajador social, educador u otra especialidad), con
vocación de servicio y solvencia moral.
Si la Municipalidad no cuenta con profesionales, la
responsabilidad podra ser asumida por persona que
reúnan los requisitos de idoneidad y se capaciten.
También se puede designar a un funcionario que ya está
laborando en el Municipio y que pueda asumir las
siguientes tareas:
Coordinar la labor del equipo de la DEMUNA para
garantizar la atención de casos y las acciones de
promoción. (Si el Municipio no cuenta con suficientes
recursos humanos puede conformar una comisión de
apoyo con las instituciones locales).
Presentar el Plan de Trabajo y los informes de las
actividades de la DEMUNA.
Facilitar coordinaciones con las instituciones que prestan
servicios de atención a niños en la localidad (Salud, IPSS,
PNP, iglesias, hogares, asociaciones, colegios, etc.)
Gestionar recursos que requiere el servicio para su buen
funcionamiento.
Quienes pueden pedir la intervención de la DEMUNA.
Los propios niños, niñas y adolescentes. La madre, el padre o cualquier otro familiar. Cualquier persona que conozca de una situación que afecte los derechos del niño y adolescente.